No hace demasiados años en que se está tomando conciencia de que las administraciones públicas tienen la obligación de vigilar (culpa in vigilando) y sancionar (en su caso), Contaminación acústica por ruidos, prodúzcalos quien los produzca.
Antes sólo se demandaba al emisor de dicha contaminación acústica, pero con el tiempo y la jurisprudencia, se ha ido asentando la necesidad de vigilar, evitar y sancionar las molestias que afecten al correcto discurrir de la vida y el sueño de los vecinos.
Caso de Contaminación acústica por ruidos
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a indemnizar con 13.000 euros a un vecino del barrio de San José de Valencia que denunció que las autoridades locales no estaban actuando contra el alto nivel de contaminación acústica de la zona donde vive debido a la apertura de bares y clubes nocturnos.
En sentencia de este martes 16 de enero, el tribunal, con sede en Estrasburgo, determina que se ha violado el artículo 8 del Convenio Europeo de Protección de Derechos Humanos relativo al respeto a la vida familiar y privada de Miguel Cuenca Zarzoso, de 87 años de edad y residente desde los años sesenta en este barrio universitario.
El TEDH impone el pago de 7.000 euros en concepto de indemnización además de 6.671 por las costas procesales y acusa al Ayuntamiento de no tomar las medidas adecuadas para frenar este nivel de ruido (Leer: El problema de la contaminación acústica en los ayuntamientos). Además da la razón al demandante de que vive en un área «indiscutiblemente sujeta a disturbios nocturnos» lo que afecta a su vida diaria, especialmente los fines de semana.
En su recurso de amparo, Cuenca Zarzoso reclamó que fuera indemnizado por las reformas en su casa consistentes en la instalación de ventanas de doble cristal y aire acondicionado. También recoge una sentencia previa de este tribunal que dio la razón a Pilar Moreno, otra ciudadana valenciana residente en su mismo barrio, por el alto nivel de contaminación sonora al que estaba siendo sometido.
El afectado aportó un informe médico que determinó que sufría ansiedad y que existía relación causa-efecto entre su cuadro médico y el alto nivel de ruido en la zona. Por su parte, Estrasburgo también ordenó un examen médico que concluyó que el ruido había alterado sus horas de descanso.
Las autoridades locales mantienen que no ha quedado probado que este vecino sufriera el nivel de ruido denunciando ante Europa ya que el ruido ambiental se percibe de forma diferente en cada hogar. Además mostró su compromiso porque se cumpliera la Ordenanza Municipal de Ruidos y Vibraciones.
La resolución recuerda que, a pesar de que el Ayuntamiento de Valencia acordó en 1983 no otorgar más licencias para bares en esta zona, la medida «nunca se implementó» y continuaron abriéndose locales en el barrio.
En 1993 la Universidad Politécnica de Valencia concluyó en un estudio que en el barrio de San José los niveles de ruido nocturno estaban notablemente por encima de lo permitido por la legislación. Igualmente recuerda la batalla legal de Cuenca Zarzoso y el silencio administrativo obtenido por respuesta.
Y por supuesto, al igual que en Valencia, en todas las ciudades y muchos pueblos, la contaminación acústica es un problema que hay que solucionar. La fuente emisora del ruido pueden ser bares o restaurantes, con sus terrazas o sin ellas, muelles de carga de supermercados, discotecas o pubs, pero también domicilios particulares o incluso reuniones en la calle espontáneas, ya sean para consumir bebidas alcohólicas (que está prohibido) o con cualquier otro fin.
Es responsabilidad de todos, pero más de quienes están sostenidos con nuestros impuestos, el procurar llevar una vida digna, y con ruidos, es imposible.
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